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04/02/22
Mediante Resolución de 1 de febrero de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid, se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo (BOCM nº 29 de 4 de febrero de 2022, clic AQUÍ)
A continuación, resumimos lo más importante de esta convocatoria
Plazas convocadas:
IMPORTANTE: las plazas reservadas para el cupo de discapacidad, en el caso de no haber aspirantes aprobados por dicho cupo, se acumularán a las convocadas por el procedimiento de acceso libre.
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (publicado el 4 de febrero de 2022).
¿Cómo se presenta la solicitud de participación?
La presentación de la solicitud se realizará exclusivamente de forma telemática, en los términos que se indican en el Anexo IV de esta Resolución, en aplicación de lo establecido en el artículo 5 del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
En cualquier caso y con carácter general, los participantes presentarán una única solicitud. En el supuesto de presentar solicitudes para distintas especialidades, no se garantiza que el participante pueda realizar las pruebas de cada una de las especialidades. En ningún caso, procederá la devolución del importe satisfecho en concepto de tasa por derechos de examen para aquellas especialidades a las que el participante no se haya presentado.
Sistema de selección:
El proceso selectivo constará de las siguientes fases:
¿En qué consiste la fase de concurso?
En la valoración de los siguientes méritos:
¿Hasta cuándo computan los méritos?
Solo serán valorados aquellos méritos perfeccionados a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en este procedimiento selectivo y siempre que hayan sido alegados y acreditados con la documentación justificativa correspondiente, dentro de dicho plazo de presentación de solicitudes.
¿Cuál es la puntuación máxima que se puede alcanzar en el concurso?
En cualquier caso, no se podrá alcanzar más de 10 puntos por la valoración de los méritos de la fase de concurso.
La asignación de la puntuación a los aspirantes por los méritos que acrediten según el baremo recogido en el Anexo V de la presente convocatoria, se llevará a cabo por las unidades correspondientes de las Direcciones de Área Territorial o de la Dirección General de Recursos Humanos, en los términos establecidos en el apartado 6.4.4 del título I de esta Resolución, que realizarán esta valoración por delegación de los órganos de selección, en función de la competencia gestora atribuida por esta convocatoria.
¿Cómo se acreditan documentalmente los méritos?
Según lo dispuesto en el Anexo V de la Resolución de 1 de febrero de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid.
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