Índice de contenidos
- 1. ¿Cuántas plazas se han convocado para las oposiciones a Médico de Urgencias en el Servicio de Salud de Aragón 2025?
- 2. ¿Dónde se han publicado las bases de las oposiciones a Médico de Urgencias en el Servicio de Salud de Aragón 2025?
- 3. ¿Cuál es el plazo de solicitud para presentarse a las oposiciones a Médico de Urgencias en el Servicio de Salud de Aragón 2025?
- 4. ¿Cuáles son los requisitos para participar en las oposiciones a Médico de Urgencias en el Servicio de Salud de Aragón 2025?
- 5. ¿Cómo se desarrollará el proceso selectivo a Médico de Urgencias en el Servicio de Salud de Aragón 2025?
- 6. ¿Qué cursos puntúan para las oposiciones a Médico de Urgencias en el Servicio de Salud de Aragón 2025?
1. ¿Cuántas plazas se han convocado para las oposiciones a Médico de Urgencias en el Servicio de Salud de Aragón 2025?
Se han convocado un total de 22 plazas par la categoría de Médico de Urgencias /a con la siguiente distribución:
- Turno libre: 19 plazas
- Discapacidad igual o superior 33%: 3 plazas
2. ¿Dónde se han publicado las bases de las oposiciones a Médico de Urgencias en el Servicio de Salud de Aragón 2025?
Las puedes encontrar en el Boletín Oficial de Aragón número 151 publicado en el jueves 7 de agosto de 2025 (clic AQUÍ).
3. ¿Cuál es el plazo de solicitud para presentarse a Médico de Urgencias en el Servicio de Salud de Aragón 2025?
4. ¿Cuáles son los requisitos para participar en las oposiciones a Médico de Urgencias en el Servicio de Salud de Aragón 2025?
Los aspirantes deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
- Tener cumplidos 16 años y no exceder la edad legal de jubilación.
- Poseer la nacionalidad española o de algún país miembro de la UE (u otros casos permitidos como ser cónyuge de españoles o de nacionales de la UE (si no hay separación legal) y sus descendientes, propios o del cónyuge, menores de 21 años o mayores de esa edad si son dependientes, o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales de la UE ratificados por España en materia de libre circulación de trabajadores).
-
Estar en posesión del título de Especialista en Medicina Interna,
Medicina Intensiva, Anestesiología y Reanimación, Cardiología o Medicina Familiar y Comunitaria o la Certificación prevista en el artículo 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, o alguno de los títulos, certificados o diplomas a que hace referencia el artículo 30 de la Directiva 93/16/CEE, cuya enumeración figura en el apartado 1 de la Comunicación 96/C 363/04, de la Comisión Europea o sean titulares de las certificaciones previstas en el artículo 36.4 de dicha Directiva, así como de credencial homologada en caso de haberse obtenido en el extranjero. - Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño.
- No haber sido separado del servicio público ni estar inhabilitado.
- No tener condenas por delitos sexuales (exigido por la Ley Orgánica 8/2021).
- En el caso de personas con discapacidad, acreditar un grado igual o superior al 33 %.
5. ¿Cómo se desarrollará el proceso selectivo a Médico de Urgencias en el Servicio de Salud de Aragón 2025?
El proceso constará de dos fases:
-
Fase de oposición (60 % de la nota final) con carácter eliminatorio.
- Un ejercicio único tipo test de 100 preguntas más 10 de reserva.
-
Nota mínima = 60% de la media de las 10 mejores notas.No puede ser inferior al 50% de la nota máxima alcanzada.Siempre superior a 1/3 de la nota máxima posible.En todo caso, máximo 3 aprobados por cada plaza convocada.Todos los aspirantes con la misma puntuación que el último aprobado en la nota de corte serán declarados aptos, aunque se supere el límite de 3 por plaza.
-
Fase de concurso (40 % de la nota final)
Solo acceden quienes superen la oposición. Se valorarán según el Anexo II hasta un máximo de 100 puntos:
- Experiencia profesional . Hasta 55 puntos.
- Formación. Hasta 20 puntos (Formación continua hasta 15 puntos).
- Actividades científicas, docentes y de investigación. Otras actividades. Hasta 25 puntos.
Los méritos se tendrán en hasta la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes.
6. ¿Qué cursos puntúan para las oposiciones a Médico de Urgencias en el Servicio de Salud de Aragón 2025?
Serán puntuables hasta un máximo de 15 puntos, en el apartado de formación continua y continuada, para acciones formativas relacionadas con la categoría:
1. Acreditados por la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias (formación acreditada): 0,1 puntos por crédito
2. Obtenidos hasta el 1 de septiembre de 2006 (formación NO acreditada): cursos de carácter sanitario organizados por organismos de la Administración educativa central o autonómica, universidades, organismos o instituciones de las Administraciones Sanitarias públicas, organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro al amparo de Convenio, acreditación o subvención del Ministerio competente en sanidad, INSALUD o servicios de salud de las CC.AA., o reconocidos de interés docente sanitario por los mismos. Se incluyen los cursos de perfeccionamiento profesional para Ayudantes Técnicos Sanitarios y Diplomados de Enfermería autorizados por las Universidades al amparo de la Orden de 15 de junio de 1982. 0,09 puntos por cada 10 horas de formación
3. Validadas por la Comisión Técnica de Seguimiento del Plan Operativo (formación NO acreditada): 0,09 puntos por cada 10 horas de formación
De acuerdo con el Manual de Aplicación del Baremo de Méritos para Procesos Selectivos para PERSONAL UNIVERSITARIO (clic AQUÍ), se tendrán en cuenta, en todo caso, las acciones formativas directamente relacionadas con la categoría y/o especialidad en la que se participa que hayan sido impartidas u organizadas por alguna de las siguientes instituciones:
- Centros universitarios
- Consejerías y Servicios de Salud de las CC.AA
- Ministerios de Sanidad
- Servicios Sociales e Igualdad
- Hacienda y Administraciones Públicas
- Instituto Nacional de la Administración Pública (y sus equivalentes en las respectivas Comunidades Autónomas)
- Escuelas de Salud Públicas adscritas a cualquiera de los organismos citados,
- Organizaciones sindicales, colegios profesionales, sociedades científicas
- SEPE
- Entidades sin ánimos de lucro debidamente registradas entre cuyos fines se encuentre la formación.
La formación no acreditada por una Comisión de Formación Continuada posterior a 1/9/2006 solo se valorará cuando se trate de formación en materias transversales:
- Salud Pública
- Salud Laboral
- Investigación Sanitaria
- Práctica Clínica
- Gestión Sanitaria
- Calidad y Docencia
- Gestión de la Administración
- Medicina Legal
- Bioética
- Ofimática
- Igualdad
- Aquellas otras que puedan determinarse en el futuro por la Comisión Técnica de Seguimiento
Debemos tener en cuenta que la formación continuada se inicia al finalizar los estudios de pregrado o de especialización (no se tiene en cuenta la obtenida durante el período de residencia).
Nota: Las puntuaciones otorgadas en este apartado lo serán por créditos (enteros o con decimales) en su caso o por horas para la formación no acreditada. En el caso de la formación recibida a partir de 01/01/2018 no se considerará la formación superior a 60 créditos anuales ni la que sea superior a 500 horas anuales.



