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Convocado concurso-oposición para Maestros La Rioja 2026: 120 plazas turno libre y discapacidad

12/02/26

El pasado viernes 6 de febrero fue publicado en el Boletín Oficial de La Rioja (BOJA número 25), la Resolución 4/2026, de 4 de febrero, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se convoca el ingreso y acceso al cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo.

Convocado concurso-oposición para Maestros La Rioja 2026 120 plazas turno libre y discapacidad

Índice de contenidos


 

 

1. ¿Cuántas plazas se han convocado para las oposiciones al cuerpo de Maestros de La Rioja 2026?

Se convocarán un total de 120 plazas distribuidas en los siguientes turnos y especialidades:

  • Educación infantil: 19 plazas turno libre y 1 plaza reserva discapacidad
  • Inglés: 9 plazas turno libre y 1 plaza reserva discapacidad
  • Educación Física: 4 plazas turno libre y 1 plaza reserva discapacidad
  • Música: 2 plazas turno libre y 1 plaza reserva discapacidad
  • Pedagogía terapéutica: 32 plazas turno libre y 3 plazas reserva discapacidad
  • Audición y lenguaje: 21 plazas turno libre y 1 plaza reserva discapacidad
  • Primaria: 24 plazas turno libre y 1 plaza reserva discapacidad

 

2. ¿Cuál es el plazo de solicitud para presentarse al cuerpo de Maestros de La Rioja 2026?

El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, contado desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOJA (6 de febrero de 2026). Por tanto, el plazo finaliza el viernes 27 de febrero de 2026.

La solicitud deberá presentarse de forma electrónica en la web de Educación La Rioja.

¿Qué cursos puntúan en las oposiciones al Cuerpo de Maestros en las La Rioja

3. ¿Cuáles son los requisitos para participar en las oposiciones al cuerpo de Maestros de La Rioja 2026?

Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos, que deben reunirse al finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionario/a de carrera:

  • Nacionalidad: tener nacionalidad española o de un Estado al que se aplique la libre circulación de trabajadores por tratados (España/UE). También pueden participar el cónyuge de españoles o de nacionales de esos Estados (en los términos previstos) y sus descendientes o los del cónyuge, menores de 21 años o mayores dependientes.
  • Edad: tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Capacidad funcional: no padecer enfermedad ni limitación física o psíquica incompatible con las funciones del cuerpo y especialidad a la que se opta.
  • Habilitación: no haber sido separado del servicio por expediente disciplinario de ninguna Administración u órgano constitucional/estatutario, ni estar inhabilitado absoluta o especialmente por resolución judicial. Si se es nacional de otro Estado, no estar inhabilitado ni sancionado en términos equivalentes que impidan el acceso al empleo público en su país.
  • Antecedentes por delitos sexuales: no haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual.
  • Situación administrativa respecto al cuerpo: no ser personal funcionario de carrera, en prácticas ni estar pendiente de nombramiento en el mismo cuerpo al que se pretende ingresar o acceder, salvo que se concurra a procedimientos para adquirir nuevas especialidades (bases 15 y siguientes).
  • Idioma: si no se posee nacionalidad española, acreditar el conocimiento de castellano según lo previsto en la base séptima.

 

TITULACIÓN PARA EL INGRESO (ACCESOS 1 Y 2)

Estar en posesión de alguna de estas titulaciones, o del resguardo de haber pagado su expedición: maestro/a o grado equivalente, diplomado/a en profesorado de EGB, maestro/a de Primera Enseñanza, o maestro/a de Enseñanza Primaria. Si el título es extranjero, aportar la credencial de homologación o equivalencia conforme a la normativa indicada en la convocatoria.

RESERVA POR DISCAPACIDAD (ACCESO 2)

 

Además de lo anterior, tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33% (o la considerada equivalente según el RDL 1/2013), siempre que sea compatible con la docencia en la especialidad.

 

4. ¿Cómo se desarrollará el proceso selectivo al cuerpo de Maestros de La Rioja 2026?

El proceso selectivo en el procedimiento de ingreso (accesos 1 y 2), constará de tres fases: fase de concurso, fase de oposición y fase de prácticas. Se ponderará 2/3 de la puntuación de la fase de oposición y 1/3 de la fase de concurso, sumándose ambas para obtener la nota global de ambas.

FASE DE CONCURSO

Se valorarán los méritos presentados aplicando el baremo de esta convocatoria. La fecha límite para tener finalizados los méritos es el viernes 27 de febrero de 2026.

Recuerda que un mismo mérito no puede ser valorado en más de un apartado o subapartado, que las titulaciones universitarias de carácter oficial sólo se valoran en el caso de no haberlas alegado como requisitos para el acceso al cuerpo o no haber sido necesarias para la obtención del título alegado y que los aspirantes no pueden conseguir más de 10 puntos por la valoración de sus méritos.

Los méritos que se valorarán son:

  • Experiencia docente previa (Máximo 5 puntos y de 5 años de experiencia, cada uno de los cuales será valorado en uno solo de los subapartados)
  • Formación académica (Máximo 5 puntos)
  • Otros méritos (Máximo 2 puntos)

 

FASE DE OPOSICIÓN

Tendrá dos pruebas de carácter eliminatorio:

  1. Primera prueba: demostración de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta y constará de dos partes que se valoran conjuntamente. Se valora de 0 a 10 puntos, siendo 5 para cada parte. El mínimo de cada parte debe ser de 1,25 puntos y la media de ambas igual o superior a 5 puntos.
  • Parte A: ejercicio práctico. Realización de una serie de ejercicios que permita comprobar que las personas aspirantes poseen una formación científica y un dominio de las habilidades instrumentales y técnicas para impartir las áreas propias de la especialidad a la que opten
  • Parte B: desarrollo por escrito de un tema de entre dos extraídos al azar por el tribunal. 2 horas para su realización.
  1. Segunda prueba: su objetivo es comprar la aptitud pedagógica de la persona aspirante y su dominio necesario para el ejercicio docente. Consta de dos partes:
  • Parte A: presentación de una unidad didáctica. Preparación y presentación ante el tribunal una programación didáctica referida al currículo vigente. Máximo de 60 páginas.
  • Parte B: preparación y exposición oral de una unidad didáctica. 1 hora de preparación, 45 minutos para su exposición y 10 minutos para un debate de tiempo máximo.

La puntuación de las pruebas será del 0 al 10, siendo necesario una puntuación igual o superior a 5 en cada una de ellas para pasar a la fase de concurso.

 

FASE DE PRÁCTICAS

Serán seleccionadas para acceder a esta fase las personas que ordenadas por su puntuación global en ambas fases anterior, y que obtengan un número de orden igual o inferior al número de plazas al correspondiente turno y especialidad. Si alguna del turno de discapacidad se queda vacantes se acumularán al general.

 

5. ¿Qué cursos puntúan para las oposiciones al cuerpo de Maestros de La Rioja 2026?

Según el último baremo publicado, serán puntuables para el cuerpo de maestros las actividades de formación n el apartado de Otros méritos. La puntuación máxima a obtener en el apartado de formación permanente es de 2 puntos.

Por cada crédito o 10 horas de actividades de formación permanente y perfeccionamiento superado se obtendrá:

  • 0,0333 puntos: actividades organizadas por las Administraciones Educativas y universidades y por instituciones sin ánimo de lucro, en virtud de convenio de colaboración con las anteriores.

  • 0,0166 puntos: actividades relacionadas con la actividad docente sin estar acreditadas por las entidades anteriores

 

Requisitos de los cursos

Cuando los cursos o actividades vendan expresados en horas se entiende que cada 10 horas equivale a un crédito. En el caso de que algún aspirante presente algún curso o actividad de formación en créditos ECTS (European Credit Transfer System) debe aportar junto con el certificado correspondiente la equivalencia de estos créditos en horas según acuerdo de la universidad o de la administración educativa de que se trate. En caso de no aportar este certificado, se entenderá que cada crédito ECTS equivale a 25 horas.

No se valorarán en ningún caso aquellos cursos o actividades cuya finalidad sea la obtención de un título académico. Tampoco se valorará estar en posesión del Máster de Secundaria, Título de Especialización Didáctica, Certificado de Aptitud Pedagógica o equivalente. Los cursos dirigidos a la obtención de un Master u otra Titulación de Postgrado no se valorarán separadamente.

 Los certificados en que no conste duración en horas o créditos no serán valorados, aunque aparezcan en los mismos los días o meses durante los que tuvieron lugar.

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