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19/10/22
El 11 de octubre de 2022 se ha publicado, en la Web del Ministerio de Justicia, la convocatoria de nueva bolsa de interinos al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Murcia, relativa a los cuerpos generales de Gestión procesal y administrativa, Tramitación procesal y administrativa y Auxilio judicial.
A continuación, resumimos lo más importante:
¿Cuál es la vigencia de esta bolsa?
2 años, salvo que se agote alguna de sus listas o que por modificaciones legislativas u otras circunstancias, sea necesario realizar una nueva convocatoria, en cuyo caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Orden JUS/2296/2005, de 12 de julio.
¿Se reservará en cada Cuerpo un cupo de personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%?
Sí y las plazas del cupo de discapacitados que no sean cubiertas acrecentarán el cupo general.
Los cupos de integrantes correspondientes a la Bolsa por Cuerpos de funcionarios son los siguientes:
¿Dónde se publicitará esta convocatoria?
En los tablones de anuncios del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Audiencia Provincial de Murcia y Cartagena, Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de Murcia, sedes de los Institutos de Medicina Legal de Murcia y Cartagena, Delegación de la MUGEJU en Murcia, Gerencia Territorial de Justicia en Murcia, Delegación del Gobierno en Murcia, así como en la sede central del Ministerio de Justicia y en su página web (https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/empleo-publico/bolsas-interinos).
¿Cuáles son los requisitos para participar?
Los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:
¿Se exige algún requisito especial además de la titulación para participar?
Sí, los aspirantes a la Bolsa del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa deberán acreditar experiencias prácticas en mecanografía o en medios ofimáticos. Se considerará acreditada esta experiencia en los siguientes casos:
a) Certificación de haber desempeñado en algún momento, durante los últimos cinco años, puestos de funcionario interino en los Cuerpos de Gestión o Tramitación Procesal y Administrativa en la Administración de Justicia o de auxiliar administrativo en otras Administraciones Públicas.
b) Certificación de haber aprobado pruebas de mecanografía o de tratamiento informático de textos en procesos selectivos para el ingreso en las Administraciones Públicas en los últimos cinco años.
c) Certificación o diploma acreditativo, expedido por cualquier centro de formación reconocido oficialmente.
Nota: hasta la fecha otras Comunidades Autónomas han valorado cursos de ofimática (Word de Microsoft o Writer de LibreOffice) acreditados por Universidades.
¿Cuál es el plazo de presentación de instancias?
Del día 13 de octubre de 2022 al día 2 de noviembre de 2022, ambos inclusive.
¿Cómo se presentarán las solicitudes de participación?
Se deberá rellenar y presentar la solicitud obligatoriamente a través del asistente que estará disponible en el Portal del Ministerio de Justicia en la siguiente dirección; quedando vinculados a los datos que hagan constar en la misma:
https://aplicacionainoa.justicia.es/asistenteinscripcion/sap/bc/webdynpro/sap/zasistent e_gta_list?sap-language=ES&WERKS=0030
Junto a la convocatoria se publicará el MANUAL DE USUARIO como ayuda para los candidatos a la hora de realizar su inscripción a través del asistente.
Para el acceso al asistente de inscripción, será necesaria la previa identificación electrónica por alguno de los siguientes sistemas que ofrece la plataforma Cl@ve:
El presente sistema de presentación está previsto en los artículos 10.1, 10.2.c) y 36 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y es obligatorio conforme a lo previsto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria.
Importante: no se admitirán solicitudes por ningún otro medio distinto del indicado
Las personas interesadas en la convocatoria tendrán en cuenta lo siguiente:
En caso de tener que adjuntar varios documentos para acreditar un requisito exigido o de los méritos valorables deben incluirlos en un único fichero, para la acreditación de los datos que se hagan constar al rellenar la solicitud (véase puntos 3.5 y 3.6 del MANUAL DEL USUARIO).
▪ Documento nacional de identidad. (DNI).
▪ Documentación acreditativa de figurar inscrito como demandante en los Servicios Públicos de Empleo o mejora del mismo (a excepción de quienes se encuentren trabajando como interinos en la Administración de Justicia).
▪ En caso de presentarse por el cupo reservado a personas con discapacidad (a) certificado de reconocimiento de grado de discapacidad, expedido por el órgano competente en la materia, así como (b) un informe en el que deberá constar que están en condiciones de realizar las tareas fundamentales de los puestos de trabajo a que aspiran y las adaptaciones necesarias de dichos puestos.
De no ser posible aportar este informe dentro del plazo de presentación de solicitudes, se deberá acompañar al menos el justificante de haberlo solicitado. En este caso, los aspirantes deberán aportar el informe dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación del listado de subsanación de solicitudes a que se hace referencia posteriormente.
▪ Titulación exigida para cada cuerpo al que opte.
▪ Certificación acreditativa de la experiencia en mecanografía u ofimática, en caso de solicitar la inclusión en las bolsas del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
▪ Certificado de servicios prestados en caso de alegar experiencia en la Administración de Justicia, a excepción de aquellos aspirantes que hayan trabajado o actualmente se encuentren trabajando en el ámbito gestionado por esta Gerencia Territorial de Murcia.
▪ Titulaciones y formación informática valorables para el Cuerpo al que se opte
¿Cuál es el baremo de méritos?
La valoración de los méritos se regirá por el siguiente baremo:
1º.- Por experiencia, hasta un máximo de 18 puntos, con la siguiente valoración:
a) 0,20 puntos por cada mes completo de servicio como funcionario interino de la Administración de Justicia en el Cuerpo en el que solicite ser incluido en la Bolsa de Trabajo.
A estos efectos se valorarán como servicios prestados del nuevo cuerpo a los que acrediten experiencia en los cuerpos existentes antes de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.
b) 0,10 puntos por cada mes completo de servicio como jueces, fiscales o secretarios judiciales (letrados de la administración de Justicia), en régimen de provisión temporal o sustitución.
Los méritos por experiencia de los funcionarios interinos que estén trabajando durante el plazo de presentación de instancias se computarán hasta la fecha de finalización de dicho plazo.
Para acreditar los servicios prestados como funcionario interino de la Administración de Justicia fuera del ámbito territorial del Ministerio de Justicia, los interesados deberán aportar certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente en materia de personal de la correspondiente Gerencia Territorial o Comunidad Autónoma, especificándose el cuerpo o cuerpos en que se prestaron esos servicios y los periodos de tiempo en que tuvieron lugar.
En el caso de los servicios prestados en el ámbito del Ministerio de Justicia, dicha circunstancia deberá ser indicada en la solicitud, no siendo necesario presentar certificación acreditativa puesto que los datos se obtendrán de oficio. En este caso, quienes hayan tenido como último destino cualquiera de los órganos de la Administración de Justicia pertenecientes al ámbito no transferido o se encuentren prestando servicios en uno de ellos en el momento de presentación de su solicitud deberán presentar el Anexo II cuando lo solicite el asistente.
2º.- Por ejercicios aprobados en alguna de las dos últimas oposiciones para el acceso a cualquiera de los Cuerpos convocados a los que se opte.
Los aspirantes no están obligados a acreditar documentalmente la aprobación de los ejercicios de las últimas oposiciones celebradas, si bien, este mérito deberá ser alegado en la solicitud para su comprobación de oficio por la Gerencia Territorial.
3º.- Por titulaciones, que se valorarán de acuerdo al siguiente baremo:
Las titulaciones se acreditarán documentalmente mediante fotocopia compulsada del título o certificación académica.
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