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17/08/23
ACTUALIZADA a 17 de agosto de 2023
En el DOG nº 155 del 17 de agosto de 2023 se ha publicado la RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2023 (clic AQUÍ), de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, por la que se convocan los siguientes procedimientos de acceso a la carrera profesional:
I. Acceso a los grados I a IV (convocatoria ordinaria del año 2023).
¿Quién puede solicitarlo?
Según el apartado 4 de la ORDEN de 20 de julio de 2018 (clic AQUÍ), sería el siguiente:
– Personal estatutario del Servicio Gallego de Salud y entidades públicas adscritas a la Consellería de Sanidad y a dicho organismo.
– Personal de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud con otra relación jurídica (funcionario o laboral) transferido a dicho organismo como consecuencia del traspaso de instituciones sanitarias de las corporaciones locales o de la Administración del Estado.
– Personal laboral del Servicio Gallego de Salud y entidades públicas adscritas a la Consellería de Sanidad y a dicho organismo incluido en el ámbito de aplicación del Decreto 91/2007, de 26 de abril, de integración en el régimen estatutario, y en las órdenes de la Consellería de Sanidad que se dictaron en su ejecución
Nota: personal fijo o temporal (de conformidad con la ORDEN de 25 de noviembre de 2022)
¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
Del 18 de agosto al 30 de septiembre de 2023
¿Qué requisitos se deben cumplir dentro del plazo de presentación de solicitudes?
1º) Estar en situación de activo o en cualquier otra situación administrativa que suponga reserva de plaza, algún día desde el 1 de agosto hasta el 30 de septiembre de 2023.
2º) Presentar la solicitud en plazo
3º) Acreditar los siguientes períodos de permanencia mínima en el grado anterior al que solicitemos:
4º) Obtener una evaluación favorable de los méritos alcanzados durante el período en que el/la profesional haya permanecido encuadrado/a en el grado inmediatamente inferior.
En esta convocatoria se aplicará el baremo de carrera profesional correspondiente a:
El personal de los colectivos que tienen definidos objetivos deberá alcanzar el número de puntos que para cada grado se señala a continuación:
El personal de los colectivos que no tienen definidos objetivos deberá alcanzar el número de puntos que para cada grado se señala a continuación:
Tal y como dispone la Orden de 1 de marzo de 2022, la evaluación del apartado de competencias personales (incluidas en el Área I del baremo) se realizará con base en una evaluación 180 a través de uno o varios cuestionarios; los cuestionarios contarán con preguntas relacionadas con las competencias personales definidas en la propia orden y se referirán a conductas observables y específicas relacionadas con esas competencias; estarán a disposición de los/las profesionales en la Oficina Virtual del Profesional; serán cubiertos, de manera objetiva, por el propio profesional (autoevaluación), por su superior jerárquico/a o responsable directo/a y por tres pares o iguales, y su formalización se realizará de forma anónima y será obligatoria.
Dichos cuestionarios dirigidos a valorar las competencias personales estarán disponibles, para esta convocatoria, durante el mes de noviembre.
Por su relevancia estratégica, para impulsar la participación de los profesionales en los procesos de carrera profesional, y por ser el primer año en el que se evaluarán las competencias personales a todos/as los/las profesionales que participan en el proceso de carrera profesional, la cumplimentación por un/una profesional de todos los cuestionarios de evaluación de competencias personales que le sean requeridos se valorará con 1 punto dentro del Área IV del baremo (implicación y compromiso con la organización).
¿Hasta cuándo se tienen en cuenta los méritos presentados?
Hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes (30 de septiembre de 2023).
II Procedimiento Extraordinario de acceso al Grado II
¿Quién puede solicitarlo?
Podrán solicitar el acceso al Grado II en la categoría o especialidad en el que estén en servicio activo (también reserva de plaza o situación asimilada) algún día del 1 de agosto al 30 de septiembre de 2023, el personal que cumpla estos requisitos:
1º) Para el personal temporal
a) Acceder al grado I de una categoría/especialidad en ejecución de la Resolución de 25 de noviembre de 2022 (DOG de 5 de diciembre)
b) Que haya comenzado a prestar servicios como personal estatutario temporal o sustituto en el Servicio Gallego de Salud o en las entidades adscritas antes del 31 de diciembre de 2011
c) Y permaneciera prestando servicios (situación de servicio activo o cualquier otra que suponga reserva de plaza), en ese mismo ámbito, desde el 1 de enero de 2019 hasta el 1 de diciembre de 2020. Este último requisito se entenderá cumplido aunque en ese período existan hasta 90 días sin servicio activo (o reserva de plaza)
2º) Para el personal fijo
a) Acceder al grado I en la convocatoria del año 2018 (DOG de 6 de agosto )
b) No haber solicitado el grado II en la convocatoria del año 2020 (DOG de 30 de noviembre ) porque no era personal fijo, sino temporal, antes de 31 de diciembre de 2011.
¿Qué situaciones se entienden asimiladas a la de servicio activo o con reserva de plazas?
- Aquella en la que se perciban prestaciones por riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar, o incapacidad temporal derivada del embarazo -con independencia de que exista o no un nombramiento temporal subyacente-, siempre que en algún momento, dentro de los tres meses anteriores al inicio de la prestación, se haya estado en dicha situación de servicio activo (o con reserva de plaza) en el Servicio Gallego de Salud o entidades adscritas.
- En esas mismas condiciones se entiende asimilada a la situación de servicio activo (o reserva de plaza) la prestación de servicios como personal residente en formación del Servicio Gallego de Salud (aunque no se esté en situación de servicios especiales).
¿Deben superar un proceso de evaluación los solicitantes?
Sí, de conformidad con el baremo establecido en:
En el caso del personal licenciado sanitario, la participación en los objetivos asistenciales y su cumplimiento se referirán a los ejercicios 2018 a 2022.
De esas actividades objeto de valoración, que figuran relacionadas en las letras a) a i) del citado anexo IV, se descontará la cuantía (de horas de formación, años de supervisión...) que ya había sido aplicada anteriormente, de un modo efectivo y necesario, para alcanzar una evaluación positiva y el consiguiente reconocimiento de grado
¿Hasta que fecha se computarán los méritos?
¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
Del 18 de agosto al 30 de septiembre de 2023
III. Registro en FIDES y acreditación de méritos
¿Qué méritos deben registrarse en FIDES y acreditarse documentalmente con la fecha límite de 30 de septiembre de 2023?
Los méritos que se quieran hacer valer en materia de formación (académica, continuada –recibida o impartida–, formación transversal y otra formación), o de docencia e investigación e innovación recogidos en el Área III del baremo ordinario de carrera.
Excepción: la formación recibida e impartida por la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud -ACIS-
¿Qué méritos no será preciso registrar ni acreditar documentalmente?
Los siguientes méritos generados en el SERGAS:
Excepción: cuando el/la interesado/a pretenda hacer valer el grado de cumplimiento alcanzado en otros servicios de salud, deberá aportar la correspondiente certificación.
¿Qué méritos tampoco será preciso registrar ni acreditar documentalmente para el procedimiento excepcional de encuadramiento?
Tampoco será preciso acreditar las situaciones previstas en el apartado f) de los criterios generales de evaluación (anexo IV del Acuerdo de carrera profesional, DOG de 30 de julio de 2018, clic AQUÍ):
f) Dos años en situación de excedencia por cuidado de hijos y familiares o en una situación en la que el/la profesional, estando exento de desempeñar las funciones inherentes a su nombramiento, desarrolle actividades o funciones de interés general o público o de carácter representativo: programas de cooperación internacional, miembro del gobierno u órganos de gobierno de las comunidades autónomas, miembro de las instituciones de la Unión Europea o de las organizaciones internacionales, cargos electivos de representación política, puestos o cargos directivos en organismos o entidades instrumentales del sector público, dispensas para la realización de funciones sindicales, participación en los órganos constitucionales u órganos estatutarios de las comunidades autónomas y, en general, cualquier otra situación similar a las anteriores.
REQUISITO: siempre que en dichas situaciones se tuviese una reserva de plaza en las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud o entidades adscritas a la Consellería de Sanidad y a dicho organismo.
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¿Dónde se puede obtener más información?
Acceso al apartado de carrera profesional de la Web del Sergas, clic AQUÍ.
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