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13/10/22
Mediante Resolución de 4 de octubre de 2022, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, se convoca concurso de méritos abierto y permanente para la provisión definitiva de los puestos singularizados y no singularizados de personal funcionario de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA nº 199 de 13 de octubre de 2022).
A continuación, se resume lo más importante
¿Cuál será el procedimiento de cobertura de los puestos?
Concurso general, conforme a las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Públicos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón.
¿Cómo se aprobará el listado de puestos?
Mediante resolución del órgano titular de la Dirección General competente en materia de función pública con carácter trimestral.
¿Dónde se regula la valoración de méritos?
En la Orden HAP/706/2021, de 7 de junio, clic AQUÍ.
¿Dónde se publicará el listado de puestos?
En la página web del Gobierno de Aragón, en la Plataforma de Provisión de Puestos de Trabajo, además de en el “Boletín Oficial de Aragón”.
¿Quién puede participar voluntariamente en el concurso?
El personal funcionario de carrera al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón en servicio activo o equiparable
También puede participar el personal que se encuentre en las siguientes situaciones:
¿Quién está obligado a participar en el concurso?
¿Quién no podrá participar en el concurso?
¿Cómo se computará el período de tiempo de servicios prestados?
Se computará, en su caso, desde la toma de posesión del primer destino provisional. Al personal funcionario que, por promoción interna o por integración, accedan a otro Cuerpo o Escala y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestado en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de procedencia a efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior.
¿Qué requisitos deben reunir los participantes?
Los que se indiquen para cada puesto en la oferta de puestos de trabajo correspondiente. No podrá adjudicarse ningún puesto convocado a quien no posea los requisitos establecidos para el mismo.
¿Cómo se formalizará la solicitud para participar?
A través de la Plataforma de Provisión de Puestos de Trabajo, en los términos previstos en la Orden HAP/706/2021, de 7 de junio.
¿Cuál es el plazo para formular la solicitud?
¿Se puede vincular la solicitud a la de otro participante?
Sí, por razones de convivencia familiar dentro de un mismo municipio, para lo cual deberá hacerlo constar en su solicitud, en los espacios habilitados para ello. En caso contrario, quedará sin efecto.
En relación con el Registro Central de delincuentes sexuales:
La Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón realizará los trámites necesarios conducentes a la obtención de la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales en el supuesto de solicitar puestos de trabajo afectados por el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, identificados en el anexo de listado de puestos vacantes en la columna “MEN.” con el código “M”.
Asimismo, si en el momento de adjudicar definitivamente un puesto se comprueba que existen antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, quedará excluido del mismo.
¿Qué normativa se tendrá en cuenta para valorar los méritos del concurso?
Las normas de provisión que se prevean en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón vigente para cada ejercicio,
¿Qué méritos serán tenidos en cuenta?
Solo aquellos validados expresamente en la Plataforma de Provisión de Puestos de Trabajo y no será tenido en cuenta ningún mérito generado durante los tres meses inmediatamente anteriores a la publicación de la oferta de puestos de trabajo vacantes, sin perjuicio de lo previsto para grado y formación en el artículo 23.7 de la Orden HAP/706/2021, de 7 de junio.
¿Cómo se valorarán las solicitudes?
De forma automática en la Plataforma de Provisión de Puestos de Trabajo, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y, en particular, con la Orden HAP/706/2021, de 7 de junio.
¿Pueden desistir de su solicitud los participantes?
¿Cuál sería la tramitación general del procedimiento?
¿Tienen la consideración de voluntarios los traslados obtenidos por este concurso?
Sí
¿Son irrenunciables los destinos adjudicados?
Sí, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
¿Cuál es el plazo de toma de posesión del nuevo destino?
Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al del cese en el destino anterior, que deberá a su vez quedar diligenciado dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión, que será de un mes, deberá computarse desde dicha publicación.
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