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Abierta bolsa de trabajo en la categoría de celador (discapacidad intelectual) del Servicio Extremeño de Salud (SES)

09/05/22

Mediante la RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2022, se convoca la constitución de la bolsa de trabajo en la categoría de Celador/a, para personas con discapacidad intelectual, para la selección y cobertura de plazas básicas de personal estatutario temporal en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.

A continuación, vamos a resumir los puntos:

1. Bolsa

Se convoca procedimiento para la constitución de una Bolsa de Trabajo abierta y permanente en la categoría en la categoría de Celador/a, para personas con discapacidad intelectual.

Los aspirantes que se inscriban en esta Bolsa de Trabajo de la categoría de Celador/a, para personas con discapacidad intelectual, convocada mediante esta resolución, no podrán inscribirse en la Bolsa de Trabajo de la categoría de Celador/a publicada por Resolución de 20 de septiembre de 2017 (DOE n.º 185, de 26 de septiembre).

2. Requisitos de los aspirantes

Los aspirantes deben reunir estos requisitos:

  • Tener reconocido un grado de discapacidad intelectual igual o superior al 33 por ciento.
  • Poseer la nacionalidad española o los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
  • Tener cumplidos los 16 años.
  • Estar en posesión del Certificado Oficial de Estudios Obligatorios o equivalente o, en su caso, en condiciones de obtenerlo.
  • Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
  • No tener la condición de personal estatutario fijo de la misma categoría a la que se opte en cualquier Servicio de Salud.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
  • En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en la letra a), no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en su Estado, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o servicios públicos.
  • No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.

3. Presentación de las solicitudes y méritos

Mediante un proceso telemático, como se detalla a continuación:

Inscripción en el registro de la Bolsa de Trabajo.  Será necesario obtener un código de acceso de identificación personal para poder realizar cualquier gestión relacionada con la Bolsa de Trabajo. Para ello, el aspirante deberá inscribirse con un nombre de usuario y contraseña, que se obtendrán al registrarse en el apartado „Inscripción Bolsa Trabajo“ de la web del SES.

https://convocatoriasses.gobex.es/empleopublico.php

 

¿Cómo se presenta la solicitud?

De forma telemática en la siguiente dirección

https://convocatoriasses.gobex.es/empleopublico.php

¿Cuándo se pueden presentar las solicitudes?

En el plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria, por tanto, se podrán presentar hasta el 23 de mayo de 2022.

Otra información importante:

  • Se debe hacer constar dentro del plazo los requisitos de admisión y consignando la valoración de los méritos que pudiera tener.
  • Los aspirantes podrán elegir en su solicitud inicial de inscripción las opciones de zonificación y tipos de vinculación temporal.
  • Cumplimentados todos los datos personales el sistema generará una solicitud que el aspirante deberá imprimir, firmar y registrar junto con los documentos y méritos cuando le sean requeridos.
  • El aspirante responde de la veracidad de los datos y méritos alegados que serán vinculantes para el mismo.
  • El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones.
  • Se constituirá una Bolsa de Trabajo por cada Área de Salud, para lo cual los aspirantes deberán indicar en la solicitud de participación el área o áreas donde desean figurar. De no formularse solicitud expresa por parte del aspirante, se entenderá que se solicitan todas ellas.
  • La Bolsa de Trabajo se organizará, por niveles asistenciales por lo que el aspirante podrá optar por el nivel que considere más adecuado entre los existentes.
  • Una vez finalizado el plazo inicial de veinte días hábiles con las solicitudes y los méritos registrados telemáticamente por los aspirantes se publicará el listado único de aspirantes inscritos admitidos en la Bolsa de Trabajo con la puntuación que corresponda de acuerdo con la valoración de sus méritos.  En este listado único de aspirantes inscritos admitidos no existen causas subsanables de exclusión al tratarse de los datos inscritos por los propios aspirantes en su solicitud.

 

¿Hasta qué fechas de bareman los méritos?

Los méritos computables serán los realizados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

No se considerarán los méritos que:

  • No hayan sido incluidos previamente en el proceso telemático
  • Aquéllos que habiendo sido incorporados en el proceso telemático no se presenten      documentalmente cuando sean requeridos
  • Los hayan sido grabados de forma errónea incluyendo.

¿Cuándo debe aportase la documentación relativa a los méritos?

Una vez publicado el listado con las puntuaciones de corte aquellos aspirantes que figuren admitidos deberán presentar en el plazo de 20 días hábiles:

  • Fotocopia compulsada del DNI o pasaporte o NIE
  • Fotocopia debidamente compulsada del título de Certificado Oficial de Estudios Obligatorios.
  • Los documentos acreditativos de los requisitos y méritos alegados
  • La solicitud oficial generada por el sistema electrónico en el momento de la inscripción en la convocatoria
  • Certificado acreditativo del grado de discapacidad intelectual igual o superior al 33 por ciento.

¿Dónde se presenta esta documentación?

En las Oficinas de Registro integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la LPACAP. La documentación que se presente a través de las oficinas de Correos deberá fechada y sellada por el funcionario de Correos.

 

4. Baremo

5. Actualización de la Bolsa

¿Cada cuanto tiempo se actualizarán los méritos?

Se tendrán en cuenta los méritos hasta 30 de septiembre de cada año aunque se podrán presentar hasta el 15 de octubre.

¿Cómo se procede en el caso de que el aspirante a la bolsa sea nuevo?

Tendrá que justificar todos los requisitos y méritos, así como las opciones de zonas, vinculación temporal…

Con las solicitudes y los méritos registrados telemáticamente por los aspirantes hasta el corte de actualización de valoración de méritos del 30 de septiembre de cada año, se publicará el listado único de aspirantes inscritos admitidos en la Bolsa de Trabajo con la puntuación que corresponda de acuerdo con la valoración de sus méritos, en la forma establecida en la base 3.2.

De entre los aspirantes admitidos, solamente aquellos que alcancen la puntuación determinada en el listado único del correspondiente corte de actualización, deberán presentar en el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de dicho listado la documentación requerida como se recoge en la base 3.3.

Listados provisionales y definitivos de aspirantes admitidos y excluidos. La Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud dictará en el plazo de seis meses, desde la publicación del listado único de aspirantes previsto en la base 5.2., una resolución declarando aprobados los listados provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, tal y como se recoge en la base 3.4. y, asimismo, dictará posteriormente resoluciones por la que se constituyen los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos por el orden de puntuación obtenida tras la valoración de los méritos presentados por los aspirantes.

 

 

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